El Partido Consolidación Comunitaria 1° de Junio realizó una presentación ante el Juzgado Electoral -a cargo del Juez Alejandro Fernández- en donde se planteó que “no corresponde que Llanes se presente nuevamente a una contienda electoral para competir por una banca en el Concejo Deliberante”. Así la Justicia Electoral podría dejar sin efecto la candidatura del actual concejal por el (PJ) Mario Llanes, quien pretende ir por la reelección con el flamante partido Encuentro Solidario Independiente quienes forman parte de UNIRTDF.
De prosperar el planteo que se realizó sobre su postulación en la que se menciona que el parlamentario ya cumplió con los dos periodos consecutivos que establece la Carta Orgánica Municipal, Llanes quedaría fuera de las elecciones.
Recordemos que Mario Llanes asumió como concejal en junio de 2009 en reemplazo del renunciado Juan Luna. La suplencia se extendió por dos años, dos meses y 27 días, es decir hasta el cierre del mandato del ex cuerpo legislativo. En las elecciones de 2011, Llanes logró el numeró de preferencias suficiente para ocupar otra vez una banca en el Concejo Deliberante.
En sus fundamentos, la fuerza política resaltó el contenido del artículo 47 del régimen electoral municipal. Allí se menciona que dé producirse una acefalia en el Ejecutivo Municipal -antes del año de vencimiento del mandato- se procederá a convocar en forma inmediata y dentro de un plazo de 30 días de producida la acefalia, a elecciones de intendente a fin de completar el periodo constitucional. Para las autoridades de
Consolidación Comunitaria 1° de Junio, “el espíritu de los constituyentes fue de considerar un periodo constitucional completo, excepto que falte menos de un año para que el mismo finalice”.
La fuerza política que dirige Aníbal Lobasso, también reiteró en el escrito las prohibiciones que se plantean en el artículo 118 de la Carta Orgánica. En ese apartado se resalta que los ediles pueden ser reelectos una vez y debe pasar y periodo completo para una nueva elección.
“En 2007, el actual concejal formaba parte de una lista que se sometió a un proceso electoral, tal cual fue legitimada por la comunidad a través del sufragio popular, habiendo obtenido la segunda mayoría en preferencias electorales, y es ese el motivo que le permite acceder a la banca reemplazando a Luna, de lo contrario si no hubiera sido elegido y preferido no hubiera podido reemplazarlo”, indicó Consolidación Comunitaria 1° de Junio en su escrito.
Fuente: Reporte Austral