En el debate artículo por artículo de la Ley Bases, el oficialismo logró avanzar con una reforma laboral que tiene tres ejes: habilitar la posibilidad de un fondo de cese laboral en reemplazo de las indemnizaciones; un blanqueo para promocionar el empleo registrado y la ampliación a un año del período de prueba. Un sector de la UCR intentó incluir una reglamentación para limitar las “cuotas solidarias” a los sindicatos, pero no tuvo el apoyo de los bloques de La Libertad Avanza, Pro y Hacemos Coalición Federal.
Los puntos más importantes del proyecto, que se debate desde hoy en la Cámara de Diputados, son los siguientes:
- Fondo de cese laboral. Este mecanismo sirve como alternativa a las indemnizaciones y deberá ser constituido mediante convenio colectivo de trabajo; es decir, con un acuerdo entre las cámaras empresarias y el sindicato más representativo del sector. El monto del aporte mensual, que no podrá superar el 8% del salario, corre únicamente por cuenta del empleador y constituirá un fondo de cese laboral. El proceso administrativo, en tanto, deberá ser reglamentado por la Secretaría de Trabajo. En su plataforma de gobierno, Javier Milei propuso una “modernización laboral”. Toma como ejemplo en su presentación el modelo que tiene implementado la Unión de Obreros de la Construcción Argentina (Uocra) con un esquema de seguros de desempleo con “mayor profundidad financiera”. Milei se refiere al “Fondo de Cese Laboral de la Uocra”, una iniciativa que la gestión de Mauricio Macri también quiso impulsar y que también fue impulsada por Roberto Lavagna durante la pandemia. El fondo de desempleo en la construcción funciona de la siguiente manera: el empleador deposita el 12% del salario mensualmente en el fondo durante el primer año de la relación laboral y el 8% a partir del segundo año. El dinero se deposita en una cuenta bancaria, genera intereses para el trabajador y son inembargables. El dinero es de libre disponibilidad.
- Período de prueba. Si bien se mantiene la vigencia de seis meses para la generalidad, este período de prueba se puede ampliar, aunque se contempló un plazo mayor para las Pymes. Podrá ser de hasta ocho meses en las compañías de seis y hasta cien trabajadores; y de hasta un año en las empresas de hasta cinco empleados.
- Promoción del empleo registrado. Eximición de sanciones a empleadores que no tenía a trabajadores registrados. “Es un premio a las patronales”, lo cuestionó Romina del Plá (Frente de Izquierda).
- Discriminación. Se estipula un “agravamiento indemnizatorio” en los despidos que, tras una sentencia judicial, se pruebe que estos fueron motivados por un acto discriminatorio.
- Simplificación registral. Establece un régimen simplificado de registración laboral con un aporte único para las empresas de hasta 20 empleados. Además, se prevé un sistema de condonación de multas por trabajador no registrado.
- “Trabajador independiente”. Establece que se podrá contratar hasta otros cinco trabajadores independientes para llevar adelante un emprendimiento productivo y podrá acogerse a un régimen especial unificado, que estará basado en una relación autónoma, sin que exista vínculo de dependencia entre ellos ni con las personas contratatantes de los servicios u obras”. Desde la CGT rechazan este punto porque consideran que promueve la informalidad laboral. Lo llaman los sindicalistas “el ítem cuadrillas”. Vanesa Siley (Unión por la Patria) dijo que este artículo fue copiado de la legislación brasileño y señaló que “es una clasificación forzosa e incorrecta”. Y añadió: “Este artículo va a generar litigiosidad. Si hay un jefe y cinco empleados, se impone el principio de la realidad por más que lo llamen como quieran”.
Trabajador monotributistas
En consecuencia, la reforma busca legalizar la situación de los trabajadores a través del monotributo. En consecuencia, se empezará a considerar que un trabajador está correctamente registrado si, en lugar de percibir un recibo de sueldo, todos los meses emite su factura como monotributista.
Se celebraría entonces la reducción a la mitad de la informalidad, pero se consolidaría la situación precaria de los empleados en las empresas más chicas, que ya no tendrían ninguna herramienta legal para obtener el reconocimiento de sus derechos. Además, aquellos trabajadores que están correctamente registrados en unidades de hasta 5 empleados podrían ser despedidos y recontratados como independientes.
Adicionalmente, la reforma también incluye beneficios que se extienden a las empresas de mayor tamaño. En efecto, se reducen las sanciones para quienes contratan de manera informal, dado que con la aprobación de esta norma ya no estarían obligados a pagar una indemnización agravada a los trabajadores.
2. La reforma empodera a los empleadores
La reforma laboral amplía notablemente las atribuciones que tienen los empleadores en una relación de trabajo:
❖ Para contratar de manera precaria
➢ Los empleadores podrán contratar a empleados como monotributistas en unidades de hasta 5 empleados.
➢ Tendrán menos desincentivos para contratar de manera informal (o “en negro”), dado que se reducen las sanciones por hacerlo.
➢ Tendrán mayores facilidades para tercerizar de manera fraudulenta.
❖ Para despedir
➢ Se amplía el período de prueba, etapa durante la cual los empleadores pueden despedir a sus trabajadores sin abonarles una indemnización.
➢ Se legalizan los despidos discriminatorios (típicamente decididos para delegados sindicales o mujeres que pueden entrar en uso de licencia). Previamente, este tipo de despidos eran nulos y los trabajadores debían ser reincorporados. La reforma los legaliza, fijando únicamente una indemnización agravada.
➢ Se amplía la posibilidad de usar el fondo de cese laboral, una alternativa a la indemnización que elimina el efecto disuasorio de esta última y aumenta la rotación laboral.
3. La reforma no va a promover la generación de empleo ni a mejorar su calidad. Y tampoco implica una modernización laboral